D I S P O S I T I V A
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en estricto cumplimiento al mandato constitucional contenido en el artículo 26, a tenor de lo dispuesto en los artículos 428, 439 numeral 5, 440 y 442, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, ADMITE el Recurso de APELACIÓN DE AUTO interpuesto en fecha 15/01/2014, por los Profesionales del Derecho MILVIRA ASNEY CARABALLO ARAQUE y MICHAEL PRADO CÁRDENAS, Fiscal Provisorio Quincuagésimo Sexta (56°) del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena encargada de la Fiscalía Quincuagésima Séptima (57°) del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena y Fiscal Auxiliar Vigésimo Octavo (28°) a Nivel Nacional con Competencia Plena en comisión en la Fiscalía Quincuagésima Séptima (57°) a Nivel N.....