En razón de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR la demanda por reivindicación interpuesta por la sociedad mercantil UNICENTRO ANDINO, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo del Estado Carabobo, 15 de febrero de 2012, Nro. 4, Tomo 26-A, de este domicilio, contra los ciudadanos CRISTIAN JEFERSON GUERRERO, ARMANDO LUIS FLORES TRILLOS, JOAQUIN URBANO GUTIERREZ SANJUANELO, YASMIN ORTIZ, ALEXANDER ANTONIO BARRIOS LEON, GISELA SOFIA VILLAREAL PEREZ y ALONZO ENRIQUE RAMIREZ DOMINGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros° V-15.860.405, V-21.078.178; V- 18.557.726, V- 13.103.925, V- 17.681.010, V-22.224.125, y N° V-15.607.247 respectivamente.