DISPOSITIVA:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, propuesta por la ciudadana: Keila del Carmen Peraza Mora con citación de su cónyuge Jose Gregorio Ríos Fuentes, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números: 12.647.371 y 11.945.069, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, bajo la premisa del Artículo 184, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos en fecha primero de junio de mil novecientos noventa y tres (01/06/1993), por ante la Prefectura de Caracas de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Jua.....