esta Sala Séptima de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley
DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación incoado por la Defensora Pública Septuagésima Novena Penal del Área Metropolitana de Caracas Dra. MARYANELLA HERNÁNDEZ ROJAS, en su carácter de defensora del imputado NÍGHER ALEXANDER ACOSTA UZCATEGUI en contra de la decisión dictada por el Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal en acatamiento a lo dispuesto en los artículos 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia decreta LA NULIDAD ABSOLUTA de la decisión proferida por el Juez Vigésimo Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 04 de agosto de 2008, en la Audiencia Oral Para Oír al Imputado, mediante la cual decretó Medida Cautelar Sustitutiva a la Privaci.....