En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el desistimiento de la acción ejercida por el ciudadano JOSE PEREZ ROSALES, en contra de la sociedad mercantil EVENTOS LA ESPECIAL DOS, C.A.
SEGUNDO: HOMOLOGADO el desistimiento del proceso contentivo del juicio que por cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales, interpuso el ciudadano JOSE PEREZ ROSALES, en contra de la sociedad mercantil EVENTOS LA ESPECIAL DOS, C.A, impartiéndosele el carácter de Cosa Juzgada.
TERCERO: TERMINADO el presente proceso y se ordena el ARCHIVO definitivo del presente asunto.
Se ordena expedir copia certificada de esta Sentencia por Secretaria a los fines previstos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Ci.....