V. PARTE DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: : PRIMERO: CON LUGAR LA PRESCRIPCIÓN alegada por la demanda y SIN LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales incoada por el ciudadano JOSÉ BOLIVAR ELIAS CESPEDES, contra la sociedad mercantil SURAMERICANA DE ESPECTÁCULOS, S.A., plenamente identificados en autos. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.