DISPOSITIVA
Por las consideraciones que preceden, este Tribunal de Control Nº 11, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Entrega del Vehículo de fabricación nacional, sin placas, color amarillo y verde, clase remolque, tipo cisterna, uso carga, serial de carrocería CPV1981, año 1967; formulada por ALCIBIADES ERNESTO OLIVARES, titular de la cédula de identidad Nº V-03.454.320, en su carácter de apoderado de la persona jurídica Cementaciones Petroleras Venezolanas S.A. (CEPEVEN), según consta en instrumento Poder autenticado por ante la Notaría Pública Primera de Maracaibo, en fecha 15-01-2010, el cual quedó anotado bajo el número 72, tomo 01 de los libros de autenticaciones llevados por ante dicha Notaría; bajo la forma de GUARDA Y CUSTODIA, con la obligación para el solicitante de presentar el vehículo a este Tribunal las veces que sea requerido, no pudiendo realizar ningún t.....