III
DISPOSITIVA
Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados oralmente en este acto, el Juzgado Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana De Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: Perimida La Instancia en la demanda Contenciosa Administrativa de Nulidad propuesta por la empresa INVECINE, C.A., debidamente representada por los profesionales del derecho JOAQUIN MONTOYA y LUIS ROMERO, abogados en ejercicios e inscritos en el Inpre-abogado bajo los número 47.236 y 104.871, en contra de la Providencia Administrativa No. 00120-17, de fecha 31 de mayo 2017, mediante la cual declara CON LUGAR el reenganche, restitución de derechos y pago de salarios caídos de la ciudadana KEYLIN ARLYN FERREIRA VERAS, en el expediente administrativo signado con el No. 023-2014-01-02388. SEGUNDO: En apego al princip.....