´DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley declara Con Lugar la Demanda Mero Declarativa de Unión Concubinaria, interpuesta por la ciudadana Flor MarÍa Andrea Acosta. En consecuencia, téngase la presente sentencia como la Declaración Judicial de Concubinato que existió entre los ciudadanos Flor María Andrea Acosta, venezolana, soltera, mayor de edad, cédula de identidad No.3.770.528, y el ciudadano Manuel Florindo Pereira Dos Reis, venezolano, soltero, mayor de edad, cédula de identidad No. 8.607.489, desde el 03 de febrero de 1970, hasta el 01 de febrero de 1973, y desde el desde el 02 de noviembre de 1984, hasta el día 26 de marzo de 2016. Se ordena dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 507 ordinal.....