Este Juzgado Nacional Segundo Ordenó: Solicitar a la COMANDANCIA
GENERAL DE LA GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA (GNB),
que consigne ante esta Alzada las copias certificadas del expediente
disciplinario que le fue incoado al ciudadano JOSÉ GREGORIO MOLINA
AGUILERA; en virtud de su importancia para la resolución del presente
caso, el cual deberá ser consignada dentro del lapso de diez (10) días de
despacho siguientes a la notificación del presente auto. Cumplido dicho
lapso y en el caso de que alguna de las partes consigne la información
solicitada, su contraparte podrá, de considerarlo pertinente, impugnar tal
información dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a que conste
en autos la prenombrada información. Finalmente, se advierte a las partes que
una vez vencido el lapso dispuesto para la consignación de la información
solicitada, sin que esta se haya materializado, este Juzgado Nacional Segundo
evaluará el tema de fondo conforme a los elementos constantes en au.....