DISPOSITIVO
Por las razones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y en atención al pedimento contenido en la referida transacción y de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el acto y procede, en consecuencia, a declarar:
PRIMERO: SE HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO realizado entre los ciudadanos KARINE DE LOS ANGELES ROURA AFANADOR, quien es parte actora, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-27.302.775, debidamente asistida por la ciudadana Mayra Bolívar, abogada en ejercicio, inscrita bajo el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 241.782, y la ciudadana FLOR DE MARIA SANCHEZ DE ZAPATA, en condición de parte demandada, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identi.....