Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN AL REFERIDO ACUERDO TRANSACCIONAL A LOS FINES DE QUE TENGA FUERZA DE COSA JUZGADA, en virtud de que el mismo ha cumplido los requisitos establecidos en el Parágrafo Unico del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y en el artículo 9 de su Reglamento, todo en concordancia con lo dispuesto en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil.