Ahora bien, examinadas como han sido las actas procesales observa este Tribunal que ha transcurrido un tiempo prudencial, sin que conste en autos que los ciudadanos LUIS ALBERTO SUAREZ APONTE y DIANA MILENA CONTRERAS CASTELLANOS, plenamente identificados, hayan dado cumplimiento a lo requerido por este Juzgado en fecha 09 de noviembre de 2012, por lo que, este Despacho traduce un abandono tácito de la presente solicitud por pérdida de interés de los solicitantes a que el Juez imparta la resolución correspondiente. Así se decide