Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, sociedad civil JUNTA DE CONDOMINIO RESIDENCIAS WAH KIT; SEGUNDO: SE MODIFICA el auto dictado en fecha 17 de septiembre de 2013, por el Juzgado Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sólo en lo que respecta a la prueba contenida en el capítulo I; TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la oposición formulada por la demandante sociedad civil JUNTA DE CONDOMINIO RESIDENCIAS WAH KIT a las pruebas promovidas por la parte demandada, ciudadanos EVELYN BEDSABETH RAMIREZ DE BELLERA y CESAR AUGUSTO BELLERA MARTINEZ; CUARTO: INADM.....