Por consiguiente, este Juzgador HOMOLOGA dicha transacción dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT), y los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden publico, todo ello conforme a los artículos 87 y 92 de la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Visto el primer pago realizado por la representación judicial de las partes codemandadas, en tal sentido este tribunal dará por terminado el presente expediente y ordenará su cierre informático y el archivo definitivo, una vez conste a los autos el segundo y último pago conforme al acuerdo Transaccional suscrito y celebrado por las partes en fecha 20 de diciembre de 2024. Así mismo dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar.....