Este Juzgado Superior Séptimo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 
           PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la apelación ejercida por la parte actora. 
           SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales interpuesta por dicha representación. 
           TERCERO: SE CONFIRMA la sentencia definitiva dictada en fecha 16 de Noviembre de 2017, por el Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. 
          CUARTO: No hay condenatoria costas a la parte actora de conformidad a lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y no hay condenatoria en costas a la parte demandada dada la naturaleza del presente fallo. 
          QUINTO: Se declara HOMOLOGADO el desistimiento del recurso de apelación pres.....