Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la presente inhibición propuesta por el Abogado JESUS MANUEL JIMENEZ ALFONZO, Juez Vigésimo Octavo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la causa N° 28°C-2037-03, (nomenclatura de ese Tribunal) en la cual aparece como querellante el ciudadano CARLOS EDUARDO ZAMBRANO SANTANA y como querellado el ciudadano LUIS ERASMO PEREZ MOSQUEDA, al encontrase incurso en la causal de inhibición prevista en el artículo 86 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal.-