Por todas las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de Nulidad interpuesto por el ciudadano VÍCTOR ZARATE CASTELLANO, titular de la cédula de identidad Nº V.- 6.490.513, representado por la abogada LUZ MARINA ARENAS RAMÍREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 66.149 contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 021-06, de fecha 20 de enero de 2006, emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Estado Vargas.
SEGUNDO: como consecuencia del particular anterior, se Confirma la providencia recurrida.
TERCERO: Se ordena la notificación de las partes sobre la presente decisión. Asimismo se ordena la publicación del presente fallo en la página web del Tribunal Supremo de Justicia.
CUARTO: No hay especial condenatoria en costas.....