Por cuanto están llenos los extremos de Ley, este Tribunal Primero del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda de Divorcio formulada por los ciudadanos: KETZALETH TIBISAY NATERA DE TOLEDO y JESUS ARGENIS TOLEDO SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cedulas de identidad Nros V-6.467.245 y V-3.804.098, asistidos por la abogada LORENA JACKNELIN MARQUEZ RODRIGUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 125.256, todos de este domicilio y en consecuencia, DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial que los une y contraído el día Ocho (08) de Agosto (08) del año 1.987, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia La Vega del Municipio Libertador, del Distrito Federal, según consta del acta de matrimonio que corre inserta del folio (2) del expediente.
No se hace pronunciamiento.....