En fuerza de los argumentos precedentemente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en ejercicio de la Potestad Jurisdiccional atribuida por el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA la instancia en el juicio que por ACCIÓN PAULIANA siguen los ciudadanos ZENOBIA MARTINEZ MENDOZA y ESTELLER JOSE SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V- 2.777.730 y V- 7.774.144 respectivamente, Abogados en Ejercicio, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros. 16.891 y 59.432 respectivamente, y domiciliados en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales del ciudadano JESUS ANTONIO SANCHEZ LABARCA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.745, y domiciliado en esta Ciud.....