este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: DECLARAR LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de la querella Interdictal de Restitución por Despojo, realizada por el ciudadano ANTONIO RAMÓN GRATEROL GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº 9.401.919, asistido por el abogado HUMBERTO LARES ACUÑA, venezolano mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 34.419, contra la ciudadana ROSA AMALIA BIGRODO CORDERO, venezolana, mayor de edad.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular Primero, se revoca el decreto de amparo a la posesión, dictado por el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha veintiuno.....