este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara 	INADMISIBLE la demanda de Prestaciones Sociales interpuesta por el ciudadano LUIS RAMON LAYA contra la Sociedad Mercantil CENTRAL MADEIRENSE C.A., ambas partes plenamente identificados en este fallo.
	No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
	Publíquese y Regístrese
	Dada, firmada y sellada en la Sede  Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación,    Mediación  y   Ejecución   del     Circuito   Judicial    del    Trabajo  de   la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, a los  diecises (16) días del mes de abril de dos mil siete (2007).