Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto en fecha en fecha 01 de Febrero de 2008, por los Abogados ARACELIS APONTE y BOGAR ALEXANDER TORRES BARRIOS, en su carácter de Fiscal Vigésima Octava del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas y Fiscal Auxiliar Sexagésimo Primero del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena, en colaboración con la Fiscalía Vigésima Octava del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, respectivamente, en contra de la sentencia publicada en fecha 14 de Enero de 2008 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual, Absuelve a la ciudadana CA.....