DISPOSITIVA:
En fuerza de las anteriores consideraciones este tribunal Sexto de los municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la defensa de Falta de Cualidad interpuesta por la abogada MAGALY RODRIGUEZ DE MENDEZ, venezolana, mayor de edad, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 16.353 y de este domicilio y apoderada judicial del ciudadano ANGEL EDECIO RAMIREZ CEGARRA, plenamente Identificado a los autos.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria se declara CON LUGAR la acción por DESALOJO, incoada por las Abogadas, ENZA DICOSOLA MORENO y LINANCY LOZADA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-7.005.006 y V-5.906.308, inscritas en el IPSA bajo los Nros. 86.434 y 61.730, y de este domicilio,
Apoderadas .....