Este TRIBUNAL SUPERIOR QUINTO DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
1. SIN LUGAR el Recuso Contencioso Tributario interpuesto por la profesional del derecho VERONICA CRUZ SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 15.457.296, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil LUMOVIL, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 07 de febrero de 2001, bajo el No. 26, Tomo 507-A-Qto., ocurre de conformidad con lo establecido en el artículo 259 del Código Orgánico Tributario, contra la Resolución No. 046/2008, de fecha 09 de abril de 2008, emitida por la Dirección Ejecutiva de Gestión Interna de la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, cuyo contenido se explica por sí sola.
2. SE CONFIRMA la Resolución N.....