En mérito de lo anteriormente expuesto, la Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos JOSE FERRER y JOSE PERDOMO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 10.144.916 y 6.075.809, contra la sociedad mercantil TRANSPORTE DOMOCA, C.A.