Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio, del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre materias disponibles, acuerda homologar el Desistimiento efectuado por el demandante ciudadano DOUGLAS SANCHEZ, asistido por la abogada EUNICE COLMENAREZ, de la Pretensión Jurídica que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMPRA VENTA, interpusiera contra el ciudadano VICTOR RODRÍGUEZ, todos ya identificados, de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada.
Regístrese, publíquese la anterior decisión y déjese copia en el copiador de Sentencias.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO DE LA CIRCUNSCRI.....