DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Sexto Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: Primero: Declararse competente para conocer, sustanciar y decidir la demanda de Nulidad intentada por el abogado Jesús Muñoz, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 9.023, en su carácter de apoderado Judicial de la entidad LAMINADOS INNOVADORES, LAMINOVA C.A, contra el acto administrativo contenido en el oficio Nº 0567-2012 emitido por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales en fecha 20 de agosto de 2012, y notificada en fecha 15 de noviembre de 2012, y el contenido en el oficio Nº 1849-2012 emitido por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales en fecha 25 de septiembre de 2012. Segundo: Admit.....