este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le otorga la Ley, ha decidido:
PRIMERO: NEGAR la MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, solicitada por la ciudadana  SUSANA CRISTINA QUIERO DE GUIDIÑO contra los ciudadanos MANUEL ANTONIO GUDIÑO BERRIOS y JESUS MANUEL GUDIÑO QUIARO, todos previamente identificados 
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA en costas dada la naturaleza del presente fallo.