En consecuencia, definitivamente firme como se encuentra la sentencia recaída en la presente causa, y habiendo transcurrido el lapso para el cumplimiento voluntario, este Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la FALTA DE JURISDICCIÓN en la presente causa y ORDENA remitir la copia certificada de la presente sentencia a la Alcaldía del Municipio Ambrosio Plaza  del Estado Miranda, a los fines de su ejecución.
	Líbrese oficio y remítase el expediente al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente.
	Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario, en Caracas, a los dieciséis (16) días del mes de mayo de dos mil veintitrés  (2023). Años 213° de la Independencia y 164° de la Federación.
La Jueza  Provisoria,
Dra. Lorena Jaquelin Torres Lentini.
   El Secretario  Titular,
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