Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA con fuerza de DEFINITIVA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 23 de enero de 2006, por la abogada Neyda Padilla Colmenárez, en su condición de apoderada judicial de parte demandante, contra la sentencia dictada el 26 de mayo de 2004, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En consecuencia, se declara LA INADMISIBILIDAD de la pretensión de acción mero declarativa, interpuesta por el ciudadano GUILERMO ALFREDO MELENDEZ GUEDEZ, contra las ciudadanas MARIA AGUSTINA MARTINEZ, CIRILA DEL CARMEN MARTINEZ y MARIA ZENOVIA MARTINEZ. Queda así MOTIFICADA la sentencia apelada. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.