CAPÍTULO V
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento: DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano ABG. ALEJANDRO JOSÉ SÁNCHEZ VOLCANES, en su condición de Defensor Público Penal Noveno del Área Metropolitana de Caracas, de los ciudadanos GUTIÉRREZ VELÁSQUEZ LUIGI ANDERSON, MURO VARGAS JHON ALFREDO, BASTARDO LUCENA RAY ORLANDO, MORENO VILLAMIZAR ALEXANDER y ARTEAGA ROBINSON JOSÉ, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Quincuagésimo Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, a cargo de la ciudadana DRA. LEYVIS SUJEI AZUAJE TOLEDO, de fecha 06 de Mayo de 2010, mediante la cual decretó Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, en contra de sus defendidos. En consecuencia, s.....