En base a las precedentes consideraciones, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara Sin Lugar la apelación interpuesta por el Abogado Nelson David Mújica Pérez IPSA Nº: 92.193, en su condición de Defensor Privado del ciudadano Eddy José Melean Guillen, contra la decisión dictada en fecha 24-11-2015 y fundamentada en fecha 27-11-2015, por el Juez del Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 10 extensión Carora de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó al ciudadano EDDY JOSE MELEAN GUILLEN, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.011.520, a cumplir la pena de dieciséis (16) años y ocho (8) meses de prisión, en virtud de la admisión de los hechos realizada por el acusado y vista la magnitud del delito y del daño causado. por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO AGRAVADO EN LA MODALIDAD DE TRASLADO, previsto y sanci.....