En el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto en fecha 28 de abril de 2005, por los Abogados Carlos Ayala, Rafael Chavero, María Estévez y Mariana Meléndez, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales del Banco de Venezuela, S.A., Banco Universal, contra la Resolución Nº 070.05, de fecha 17 de marzo de 2005, dictada por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras mediante la cual declaró Sin Lugar el recurso de reconsideración interpuesto, y ratificó la sanción impuesta por la cantidad de Bs. 40.523.707,00; esta Corte dictó decisión mediante la cual declaró: SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto.