DECISIÓN
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de los efectos del acto recurrido, formulada por la ALCALDÍA DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS, por intermedio de su apoderada judicial, abogada CRISTINA MENDES VASQUEZ, en el recurso contencioso administrativo de nulidad que interpuso contra la Providencia Administrativa No. 689-07, dictada en fecha 28 de agosto de 2007, por el Inspector del Trabajo en el Distrito Capital Municipio Libertador.