ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO ADMINISTRANDO JUSITICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, pase a tener como Procedente la PRESCRIPCIÓN quinquenal de la acción de nulidad de contrato bilateral opuesta por la representación judicial de la demandada de autos Abogado Manuel Urbina Villavicencio InpreAbogado número 60.195, al momento de dar contestación a la demanda, en contra de la acción de nulidad incoada en su contra., y SIN LUGAR, la demanda por Nulidad de documento denominado Venta con Pacto de Retracto, protocolizado por ante el Registro Subalterno del Municipio Zamora, Píritu y Tocopero del Estado Falcón, en fecha 30 de Agosto de 1999, anotado bajo el número 47, tomo I, folios 142 al 143, protocolo primero, tercer trimestre., interpuesto por los ciudadanos Angel Domingo Rodríguez Reyes y Carolina Rodríguez Lugo titulares de las cédulas de identidad números 7.471.859 y 13.496.401 respectivamente, patrocinados jur.....