Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento realizado el siete (7) de junio de 2012, por el apoderado judicial de la accionante ciudadano ARISTIDES VALDEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 156.129. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo. Se ordena la notificación de la parte accionante en virtud que la presente interlocutoria fue dictada después de transcurridos los tres días que tenia el Tribunal para proveer las diversas solicitudes de la accionante.