En consecuencia, vistas las anteriores exposiciones, este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN a dicha transacción en los términos en que fue expuesto, en consecuencia,  se ordena expedir copias certificadas del presenta auto a los fines estadísticos y  se deja constancia que una vez vencido el lapso para que las  parte ejerzan  los recursos que consideren pertinente contra el presente auto se ordenara  el cierre y archivo del expediente. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.