Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 21 de marzo de 2012, por el abogado José Antonio Rodriguez Brito, apoderado judicial de la sociedad de comercio Corporación O.M.G.S, C.A., contra la decisión dictada en fecha 16 de marzo de 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Quedó asi CONFIRMADO el auto apelado. Se condenó en costas a la parte apelante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.