Por las razones expuestas este Juzgado Superior, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer de la pretensión de amparo constitucional interpuesta por el abogado DANIEL ALBERTO RODRIGUEZ, cédula de identidad V-15.494.867, Inpreabogado Nº 112.386, con carácter de apoderado judicial de TOYOSAIMA, C.A. contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MARIÑO, ESTADO ARAGUA, y DECLINA la competencia ante el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central.