este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la pretensión de Nulidad de Contrato, intentado por la ciudadana ANGIE VIOLETA CARRIZALEZ TORRES, contra los ciudadanos CLARA JOSEFINA MARVAL LISCANO, ALIG JOHANNA CARRIZALEZ MARVAL, AILIEN JOVANNA CARRIZALEZ MARVAL, ALI DE JESUS CARRIZALEZ MARVAL, FELIPE ESTEVES CARRIZALEZ Y DORIS ELIZABETH ESTEVES CARRIZALEZ. En su carácter de comuneros vendedores y al ciudadano AMERICO JOSE ARRAEZ APONTE, en su carácter de comprador, todos previamente identificados.