DECLARA INCOMPETENTE en razón del territorio, para seguir conociendo del presente proceso y declina el conocimiento del mismo, al Juzgado de Protección de Niños, Niñas y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 384 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el Artículo 60 del Código de Procedimiento Civil.