Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSÉ LEONARDO ESCALONA MILLÁN, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionada, contra la decisión de fecha 11 de mayo de 2022, emanada del Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.. SEGUNDO: SE ANULA el fallo apelado. TERCERO: Se declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por los ciudadanos JULIO CÉSAR ALCALÁ ECHEVERRÍA, CHERRY AUGUSTO DELGADO TORRES, JOSÉ ISIDORO DELGADO LEÓN, EDUARDO LUIS MONTILLA URBINA, COWELL SMITH PÉREZ OLIVARES y JUSMELI OCLIMAR SANZ GARCÍA, contra la entidad de trabajo PRODUCTOS EFE S. A. CUARTO: Se ordena la.....