En fecha 16 de septiembre de 2025, este Juzgado de Sustanciación, dictó decisión mediante la cual declaró lo siguiente "Por las razones antes expuestas este Juzgado de Sustanciación del Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.- ADMISIBLE la presente demanda de nulidad en declinatoria de competencia interpuesta por la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO EL HATILLO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, representada judicialmente por la abogada SAMANTHA DEL CARMEN ÁLVAREZ ZANOTTY, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.117.170,actuando en su carácter de Síndico Procurador Municipal del municipio El Hatillo, contra el informe único emanado de la DIRECCIÓN DE CONTROL DE MUNICIPIOS DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, de fecha 30 de septiembre de 2016 y notificado en fecha 14 de octubre de 2016 y ratificado mediante Recurso de R.....