Se DECLARA SIN LUGAR LA APELACION, interpuesta por el ABG. ENRIQUE VARGAS, apoderado judicial de los ciudadanos ALEXIS SATURNINO MARCHAN TORREALBA y CARMEN TEOLINDA ABRAHAN DE MARCHAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.867.961 y 5.259.115 respectivamente, de este domicilio, contra la decisión dictada en fecha 10-08-09 por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA. No hay condenatoria en costas, por no ser procedentes en este tipo de Amparo Constitucional. De conformidad a lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, déjese copia certificada del presente fallo.