Se dictó y publicó Resolución mediante la cual se declaró: COMPETENTE a la CSCA para conocer la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos; ADMITIÓ la referida demanda; ORDENÓ la notificación del FGR, Presidente del I.N.E.A, M.P.P.T.A.A. y PGR; ORDENÓ solicitar al Presidente del I.N.E.A el exp. adm. relacionado con el caso; ORDENÓ remitir el exp. a la CSCA a los fines que sea fijada la oportunidad para que tenga lugar la audiencia de juicio según el art. 82 de la LOJCA; ACORDÓ la apertura de un cuaderno separado a los fines de la tramitación de la medida cautelar solicitada según el art. 105 de la LOJCA; EXHORTA al representante legal consigne instrumento poder que lo acredite como apoderado judicial de la sociedad mercantil ISS MARINE SERVICES VENEZUELA, C.A.