Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, administrando justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide: PRIMERO: RATIFICA MEDIDA CAUTELAR DE ASEGURAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN DE ALIMENTOS, DESARROLLADOS EN LA UNIDAD DE PROPIEDAD SOCIAL AGRÍCOLA NEGRO MIGUEL, para evitar la interrupción de la producción agraria, que vienen desarrollando CORPORACIÓN VENEZOLANA DE ALIMENTOS, C.A., (CVAL, S.A.), en la Unidad de Producción ubicada en el sector Totumo, Parroquia Buría, Municipio Simón Planas del estado Lara, comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Sector Curduvare; Sur: Finca Las Carolas; Este: Río Turbio y Oeste: Finca Fasenda y terrenos que son o fueron de Fernando Dos Santos.
SEGUNDO: La presente medida tendrá vigencia de dos (02) años, contados a partir del 17 de junio de 2013.
TERCERO: SE.....