Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo En Lo Civil, Mercantil, Bancario Y Del Tránsito De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, ciudadana OLGA KNOBELSDORF; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 23 de noviembre de 2017 por el Juzgado Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró CON LUGAR la demanda de desalojo intentada por la ciudadana FLOR MARÍA PÁRRAGA en contra de la ciudadana OLGA KNOBELSDORF; TERCERO: SE ORDENA a la arrendataria, ciudadana OLGA KNOBELSDORF hacer entrega del local Nº 175-77 ubicado en la prolongación de la avenida Feo La Cruz, urbanización Las Quintas de Naguanagua, Nº .....