Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, 26, 27 y 257 de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el presente recurso de hecho interpuesto en fecha 19 de septiembre de 2018, por el abogado GUSTAVO JOSÉ RUIZ GONZALEZ, actuando en su condición de apoderado judicial de la ciudadana MARIELA MARINOVA VASSILEVA, contra la decisión dictada en fecha 10 de agosto de 2018, por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, que declaró nada tener que proveer conforme a lo solicitado, en virtud de haber emitido el pronunciamiento correspondiente con relación.....