éste Juzgado Superior Estadal procede a fijar el acto de Audiencia Definitiva, para el quinto (5º) día de despacho, a las 11:30 de la mañana, tal y como lo establece nuestra legislación en el artículo 107 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, el cual señala: "vencido el lapso probatorio, el Juez o Jueza fijará uno de los cinco días de despacho siguientes para que tenga lugar la audiencia definitiva (...omissis...)".